Nuestro Código Penal, apenas le dedica dos artículos a los delitos informáticos, de la lectura de los mismos se evidencia que con estos dos artículos no se regulan ni se sancionan varias conductas que entran en el campo de los delitos informáticos, consecuentemente se hace imperioso modificar ,ampliar y en particular precisar con mayores profundidad el régimen de los delitos informáticos, necesidad que se hace imperioso en razón a que la informática como ciencia va avanzando a pasos acelerados
Figura Nro.5
Según los resultados de la encuesta el 33.3 % ha manifestado queso debería modificarse las normas que regulan los delitos informáticos, y el 66.7% indica emite ninguna opinión N/R.,y a la pregunta de que articulo se debe modificar, el 6.7% indica que se debe modificar el Art.362, el 6.7% indica no conocer, el 6.7% indica no conocer cual artículo debe modificarse y el 6.7% N/R
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